Los puntos reformados del Estatuto:
- Las autoridades se renovarán cada 4 años, en lugar de 3.
- Se extiende la antiguedad en los socios para poder votar. Pasa a 3 años, antes era a 2.
- Aumentará la edad de vitalicios a 60 años, con 30 años de asociado interrumpido. Antes era 55 años.
- Se crearán las siguientes secretarías a la Comisión Directiva:
* Relaciones públicas e institucionales
* Educación y Cultura
* Promoción y comercialización de imagen institucional
* Convivencia y seguridad
- Se agregarán las categorías de Socios del Exterior y Adherente. No tendrán derecho a voto. CD fijará un cupo para cada categoría de asociado, si se excede, quién se asocie será adherente y tendrá prioridad para ser socio con pleno derecho cuando se libere el cupo.
- Ahora se considera socio del interior a quién viva a más de 150 km. Antes era a más de 90 km.
- Los socios que hubieran desempeñado en el Club tareas remuneradas con sueldos, honorarios y/o comisiones, no podrán ser miembros de la Comisión Directiva, sino después de transcurridos cuatro (eran seis) años desde el cese de sus funciones.
- Se podrá expulsar a un socio por reincidencia luego de dos suspensiones, o si el asociado tiene una condena firme dictada por una autoridad competente.
- Los que hubieran sido despedidos por causa grave no podrán ser candidatos a cargos electivos.
- Se depurará el padrón cada 5 años.
- Independiente no dejará de ser asociación civil.
* Relaciones públicas e institucionales
* Educación y Cultura
* Promoción y comercialización de imagen institucional
* Convivencia y seguridad
- Se agregarán las categorías de Socios del Exterior y Adherente. No tendrán derecho a voto. CD fijará un cupo para cada categoría de asociado, si se excede, quién se asocie será adherente y tendrá prioridad para ser socio con pleno derecho cuando se libere el cupo.
- Ahora se considera socio del interior a quién viva a más de 150 km. Antes era a más de 90 km.
- Los socios que hubieran desempeñado en el Club tareas remuneradas con sueldos, honorarios y/o comisiones, no podrán ser miembros de la Comisión Directiva, sino después de transcurridos cuatro (eran seis) años desde el cese de sus funciones.
- Se podrá expulsar a un socio por reincidencia luego de dos suspensiones, o si el asociado tiene una condena firme dictada por una autoridad competente.
- Los que hubieran sido despedidos por causa grave no podrán ser candidatos a cargos electivos.
- Se depurará el padrón cada 5 años.
- Independiente no dejará de ser asociación civil.
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